La necesidad de continuar el desarrollo económico, social y político del país, establecido en la Constitución de la República Bolivariana , exige diferentes esfuerzos, entre ellos el esfuerzo legislativo que permita al marco jurídico adecuarse a una realidad cambiante, lo que es especialmente necesario en el ámbito de la Ciencia , la Tecnología y la Innovación , tal como se expresa en el Artículo 110.
Quizás lo más llamativo de la reforma a la Ley sea el tema de la financiación. En este tema se busca que el SNCTI reciba mayores aportes de grandes sectores, como del sector hidrocarburos (2%), el minero y eléctrico (1%), así como de las grandes empresas (0,5%) de los otros sectores productivos de bienes y servicios. Al Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y la Tecnología se le otorga con la Ley el control y la fiscalización de esos aportes, aplicando las multas a que dé lugar su cumplimiento.
Asimismo, una mayor participación del Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y la Tecnología se traduce en una mayor participación ciudadana, pues crea la posibilidad de que los venezolanos reciban apoyo a sus proyectos, a través de una asesoría adecuada, protección a la propiedad intelectual y el financiamiento para su ejecución, lo que vincula estrechamente la labor que lleva a cabo este órgano con el individuo y el desarrollo de su entorno. (FUNDACITE)
Enyelbert Gonzalez
11299790
Sección 33H
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